Avales Seguros de Caución para reposición medioambiental

¿Qué es?

Los seguros para reposición medioambiental son una modalidad del seguro de caución en la que el tomador es la persona física o jurídica que desarrolla actividades industriales, mineras y agrarias que pueden afectar a su entorno medioambiental.

Diferentes empresas, debido al desarrollo de su actividad, generan depósitos de efluentes líquidos, o de lodos procedentes de actividades industriales, mineras y agrarias; estableciendo los requisitos que deben ser exigidos en el proyecto de construcción y en las fases de construcción, explotación, abandono y clausura del depósito, con objeto de garantizar, a largo plazo, su seguridad estructural y evitar cualquier proceso de contaminación ambiental.

Igualmente se establece la obligación del propietario o titular del depósito en cuanto a:

  • La elaboración de las Normas de Seguridad Estructural.
  • Sobre el Plan de Emergencia: en relación con la prevención y el control de riesgos de los incidentes y siniestros causados por posibles roturas o fugas en los depósitos, para evitar daños y perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente en general

¿Quién lo contrata?

Personas físicas o jurídicas y sociedades que ejercen actividades industriales, mineras y agrarias que pueden afectar a su entorno medioambiental, o aquellas que tengan obligación de presentar este tipo de garantías, bien por gestión de residuos o reciclajes.

¿Cuándo se contrata?

Se contrata como requisito imprescindible para obtener la pertinente licencia para inicio de actividad o puesta en marcha de las instalaciones industriales, mineras y agrarias.
La garantía podrá ser constituida:

  • Mediante depósito en metálico o en valores públicos o privados, en la Caja General de Depósito de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda en las condiciones reglamentariamente establecidas.
  • Mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de créditos y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, y presentado ante el correspondiente órgano competente.
  • Por contrato de seguro de caución celebrado en la forma y condiciones reglamentariamente establecidas, con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de la caución, el que se entregará en el órgano competente.
El importe de las garantías deberá ser actualizado al comienzo de cada ejercicio, mediante aplicación del Índice de Precios Industriales publicado por el Instituto Nacional de Estadística.

¿Cómo se contrata?

Para obtener este seguro de caución medioambiental es imprescindible la siguiente documentación:

  • Cuestionario totalmente cumplimentado.
  • Escrituras de constitución de la sociedad.
  • Cuentas anuales oficiales del último ejercicio.
  • Experiencia de la sociedad.
  • Copia de la Póliza de responsabilidad civil en caso de que se tenga.

¿Ante quién se presenta?

Esta garantía se presenta ante la Consejería de Agricultura y Pesca de la comunidad autónoma que en casa caso corresponda.

Importe de la garantía

La correspondiente autorización fijará una garantía, que habrá de constituirse antes de la iniciación de las fases de construcción u operación, de cuantía suficiente para responder de la restauración de los terrenos afectados y del cumplimiento de las obligaciones del titular en las fases de abandono y clausura del depósito.
A cuenta de esta garantía se procederá a la ejecución forzosa de las obligaciones, caso de no realizarse por el titular.
Para el cálculo de la garantía se ponderarán al menos, la clasificación del depósito, las características de los efluentes o de los lodos.
En función del riesgo potencial que pudiera derivarse de su posible rotura o funcionamiento incorrecto, los depósitos se catalogarán teniendo en cuenta las dimensiones, las propiedades físico-químicas y geotécnicas, las características de los efluentes o de los lodos o cualquier otro criterio, en los términos que se establezcan.

Objeto de la Cobertura

Responder como garantía del cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del artículo 12 del Decreto 281/2002 de 12 noviembre, por el que se regula el régimen de autorización y control de los depósitos de efluentes líquidos o de lodos procedentes de la actividades industriales, mineras y agrarias, en relación a la autorización de depósitos de efluentes líquidos o lodos.

Principales Ventajas

El seguro de caución es una excelente alternativa frente a otras opciones como el aval bancario, ya que presenta las siguientes ventajas:

  • Aumento de la capacidad crediticia no computa CIRBE.
  • Disminución de las exigibilidades del balance.
  • Menores costes debido a la periodificación, se cobran días exactos.
  • No hay ni comisiones de estudio ni de apertura.
  • No se pignoran los anticipos.
  • No se pignoran cantidades.

Documentación a aportar

La documentación necesaria a aportar para solicitar un seguro de caución es la siguiente:

  • Cuestionario Anexo
  • Estados financieros del último ejercicio y avance financiero del año en curso.
  • Escritura de constitución o adaptación de estatutos.
  • Experiencia.
  • Póliza responsabilidad Civil.

Legislación Aplicable

  • Decreto 167/2005, de 12 de julio, por el que se modifica el Decreto 281/2002, de 12 de noviembre
  • Decreto 281/2002, de 12 noviembre
  • La Ley 22/1973, de 21 de julio
  • Real Decreto 863/1985, de 2 de abril
  • Real Decreto 2685/1980, de 17 de octubre
  • Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo

Preguntas Frecuentes

  • Tasa orientativa
  • La tasa de porcentaje que tendrá que pagar quienes contrate una garantía dependerá de varios factores como:

    • Nivel de riesgo que represente la actividad.
    • Solvencia que acredite la sociedad.

  • Procedimiento de cancelación
  • Para poder cancelar un seguro de reposición medioambiental es necesaria la devolución del original de la garantía o documento bastante de la autoridad aduanera competente. Están en vigor hasta que se desmantela completamente la balsa y no hay ningún riesgo potencial para el medioambiente.

    Antes de autorizar el abandono de un depósito, el órgano competente procederá a revisar la cuantía de la fianza establecida, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones del titular.

    La fianza se devolverá una vez obtenida la autorización de abandono definitivo.